5 SIMPLE TECHNIQUES FOR ORDEN DE DETENCION EUROPEA Y ENTREGA - ASISTENCIA LEGAL

5 Simple Techniques For orden de detencion europea y entrega - asistencia legal

5 Simple Techniques For orden de detencion europea y entrega - asistencia legal

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G. Considerando que el reconocimiento mutuo implica el reconocimiento directo de las resoluciones judiciales de otros Estados miembros, siendo el no reconocimiento la excepción, e implica asimismo que una resolución judicial no debe ser desatendida por el mero hecho de haberse dictado en otro Estado miembro; que la aplicación del reconocimiento mutuo de las resoluciones adoptadas por otros Estados miembros no es compatible con la revisión de esas resoluciones, a menos que la revisión se foundation en los motivos previstos en la Decisión Marco relativa a la orden de detención europea; que la cooperación y la confianza mutua entre las autoridades judiciales competentes debe presidir la aplicación de este instrumento; que el reconocimiento mutuo y los derechos fundamentales deben ir de la mano;

one. Cuando la infracción en que se basa la orden europea de detención y entrega esté castigada con una pena o una medida de seguridad privativa de libertad a perpetuidad, la ejecución de la orden europea de detención y entrega por la autoridad judicial española estará sujeta a la condición de que el Estado miembro de emisión tenga dispuesto en su ordenamiento una revisión de la pena impuesta o la aplicación de medidas de clemencia a las cuales la persona se acoja con vistas a la no ejecución de la pena o medida.

c) La imposición de una pena privativa de libertad o de medidas de privación de libertad cuando ya se hubiera concretado por la autoridad de emisión.

Cualquier dificultad que surja en relación con la transmisión o la autenticidad de algún documento necesario para la ejecución de un instrumento de reconocimiento mutuo se solventará mediante comunicación directa entre las autoridades judiciales implicadas o, cuando proceda en relación con una orden europea de detención y entrega o una orden europea de investigación, con la participación de las autoridades centrales de los Estados miembros.

¿Qué es la orden de detención europea? En normal, la «ODE» (Orden de Detención Europea) es un instrumento de cooperación judicial internacional en materia penal que, al reemplazar todas las disposiciones sobre extradición en las relaciones entre los Estados miembros de la Unión Europea, introduce una disciplina innovadora en lo que respecta a la entrega en las relaciones entre autoridades judiciales en relación a personas afectadas por medidas cautelares o sentencias definitivas.

a) Cuando la sentencia no imponga una pena o medida privativa de libertad que deba aplicarse en caso de incumplimiento de las obligaciones o prohibiciones en que consista la medida de libertad vigilada.

El Título VIII se destina a prever el régimen de la resolución de decomiso e incorpora, con algunas adaptaciones, el contenido presente en la Ley 4/2010, de ten de marzo, para la ejecución en la Unión Europea de resoluciones judiciales de decomiso. De este Source modo, regula el procedimiento a través del cual se van a transmitir, por parte de las autoridades judiciales españolas, aquellas sentencias firmes por las que se imponga un decomiso, a otros Estados miembros de la Unión Europea, y establece el modo en el que las autoridades judiciales españolas van a reconocer y a ejecutar tales resoluciones cuando le sean transmitidas por otro Estado miembro.

B. Considerando que la orden de detención europea es un procedimiento judicial de entrega transfronterizo, simplificado y acelerado que fue adoptado tras los atentados terroristas del 11 de septiembre y que, desde su puesta en marcha, se ha convertido en el instrumento emblemático y más comúnmente utilizado para el reconocimiento mutuo en materia penal;

1. Se podrá transmitir una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad tanto de oficio por la autoridad judicial española competente como a solicitud del Estado de ejecución o de la persona condenada.

4. Los apartados anteriores no serán de aplicación cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

El car por el que la autoridad judicial competente acuerde la transmisión de la resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad se notificará personalmente al condenado, Source asistido de intérprete si fuera necesario y de acuerdo con el certificado del anexo III.

También podrá transmitirse a un Estado miembro distinto a aquél en el que la persona condenada tenga su residencia legal y habitual, a solicitud de la misma y siempre que la autoridad competente del Estado de la residencia del condenado haya dado su consentimiento a la transmisión.

Cuando la orden se refiera a hechos que se hayan cometido weblink fuera del Estado emisor y el Derecho español no permita la persecución de dichas infracciones cuando se hayan cometido fuera de su territorio.

Celebración de una vista para determinar las circunstancias personales y medidas cautelares del mismo.

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